Si has decidido hacer una donación, ser socio, empresa amiga, te informamos de las deducciones en tu IRPF aplicables por las donaciones a entidades que como Pyfano, se encuentran acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
En mayo 2020 se incrementaron un 5% los tipos de deducción aplicables A partir del 1 de enero de 2020 serán efectivas En los primeros 150 euros donados la deducción a desgravar es de un 80% y de un 35% para donaciones inferiores A ese 35% se podrá añadir un 5% adicional si el contribuyente lleva más de dos años colaborando con esa entidad.
Si eres PERSONA FÍSICA en el IRPF se deducirá de tu cuota/donación íntegra según cantidades:

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF.
Por favor, si aún no lo has hecho, llámanos al 923070023 o escríbenos a info@pyfano.es
Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: www.aeat.es