Si has decidido hacer una donación, ser socio, empresa amiga solidaria (EAS), te informamos
de las deducciones en tu IRPF aplicables por las donaciones a entidades que como Pyfano, se
encuentran acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo y Real Decreto-ley
6/2023, de 19 de diciembre.
En mayo 2020 se incrementaron un 5% los tipos de deducción aplicables A partir del 1 de enero de 2020 serán efectivas En los primeros 150 euros donados la deducción a desgravar es de un 80% y de un 35% para donaciones inferiores A ese 35% se podrá añadir un 5% adicional si el contribuyente lleva más de dos años colaborando con esa entidad.
Si eres PERSONA FÍSICA en el IRPF se deducirá de tu cuota/donación íntegra según cantidades:

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y
donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF.
Por favor, si aún no lo has hecho, llámanos al 923070023 o escríbenos a info@pyfano.es
Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de
la Agencia Tributaria: www.aeat.es
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En el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre para las donaciones en especie:
